FACTURAS APÓCRIFAS
Cristian Rachid: “No hay precedentes cercanos de un decomiso como lo propiciamos y obtuvimos en San Luis”
El fiscal Federal se refirió al veredicto que condenó a 25 acusados de formar parte de asociación ilícita fiscal que generó y comercializó facturas ficticias entre 2015 y 2018.
“Después de un año y tres meses que duró aproximadamente la etapa de recepción de prueba en el Tribunal Oficial Federal, se llegó a una sentencia, hasta ahora tenemos solamente el veredicto, es decir, no tenemos los fundamentos que en una causa tan extensa dan dentro de los 40 días”, reflexionó el fiscal Federal, Cristian Rachid.
El jueves pasado, se conocieron las condenas contra los 25 implicados que habían llegado al debate oral acusados de integrar una asociación ilícita fiscal que entre 2015 y 2018 emitieron facturas ficticias por más de 2 mil millones de pesos. La mayor pena fue contra Ariel Balmaceda, a quien los jueces Roberto Naciff y Pablo Salinas impusieron seis años de prisión y una multa de $90 mil por considerarlo coautor penalmente responsable en carácter de jefe y organizador.
Rachid junto a la fiscal Mónica Spagnuolo habían considerado a todos los participantes como autores, mientras que el Tribunal distinguió entre autores, partícipes necesarios y secundarios.
“Pero no se ha absuelto a ninguno de los imputados, lo cual ha ratificado nuestra investigación”, planteó sobre esto y resaltó como “un dato muy importante la inclusión del decomiso de las ganancias del delito”.
“No solamente se pena con prisión y multa, sino que el fallo avala el pedido de la Fiscalía de que se decomise aquello que durante la investigación constituyó una línea específica de tratar de determinar cuánto habían cobrado estas personas por la venta de facturas apócrifas”, explicó en declaraciones a El Chorrillero.
El perjuicio económico y los decomisos
La AFIP calculó que el perjuicio por la emisión de las facturas ficticias por alrededor de $1000 millones a partir de la facturación electrónica. En este punto, el fiscal señaló que para determinar lo que cada persona ganó tuvieron en cuenta los registros de la propia organización criminal, que “por supuesto son parciales”.
“Llegamos a determinar que estas 25 personas habían intervenido en la comercialización de aproximadamente de 128 millones de pesos de facturación apócrifa y en base a eso se determinó que por eso habrían cobrado aproximadamente el 16% de comisión a cada uno de los usuarios. Eso representa aproximadamente 21 millones de pesos. Eso es la cifra a la que se llega luego de incluir ese capítulo dentro de la investigación”, expuso.
En este sentido, aclaró que “lo que se decomisa no es el perjuicio, es decir, lo que se termina evadiendo al fisco, sino lo que las personas ganaban gracias a vender las facturas apócrifas, que es solamente un porcentaje del perjuicio fiscal”.
Rachid hizo énfasis en esta medida de la Justicia: “Es muy importante, de hecho hay convenios internacionales que tienen tres décadas, todos firmados por Argentina, que imponen que además de sancionar con cárcel o con multa, precisamente se persiga la ganancia del delito porque es el gran incentivo que tienen los delincuentes económicos sobre todo como es el caso este”.
“Entonces, si uno le dice ‘no solamente la amenaza es la pena privativa de libertad para quien comete delitos, sino que va a ser privado precisamente de aquello que fue su móvil principal para cometerlo’, el poder preventivo de derecho penal es mucho mayor. Eso es lo que se busca precisamente con el decomiso y eso nos llevó a nosotros un esfuerzo adicional en la investigación. Por eso, en precedentes cercanos en el tiempo no se va a ver este decomiso tal como nosotros lo hemos propiciado y obtenido por lo menos en primera instancia en San Luis y esto es muy importante como decimos con fines de política criminal y preventivo”, afirmó.
Las multas
22 de los condenados fueron sancionados con multas que llegan a los $90, como es el caso de Balmaceda. Sobre esto, el representante del Ministerio Público Fiscal hizo una distinción.
“Al igual que la pena de prisión, tiende a sancionar y a prevenir la comisión de futuros delitos. El decomiso y el monto de la multa está establecido necesariamente por ley, hay una escala penal y lo que se aplicó aquí fue la del artículo 22 bis del Código Penal que prevé hasta 90 mil pesos de multa. Por eso, no tiene en realidad relación con el monto del perjuicio ni con la ganancia obtenida”, especificó.
En el mismo sentido, indicó que el Código Penal “establece que para aplicarla tiene que tenerse en cuenta no solamente el daño causado sino también las posibilidades económicas de la persona de manera que sea el monto exacto que permita retribuir el mal causado por el delito, pero sin ser excesivo en relación a las posibilidades económicas del autor”.
Y contrapuso esto al decomiso: “No busca castigar sino privar de todo aquello que se obtuvo ilegítimamente con el delito. Es esa famosa frase de que ‘el delito no rinda beneficio’”.
“Entonces la multa en este caso, el tope era de 90 mil pesos, básicamente porque el monto que estableció el legislador en el artículo 22 bis del Código Penal quedó desactualizado por el proceso de depreciación monetaria que todos conocemos. Pero nosotros no podemos ir más allá de ese monto. Para que ese monto se actualice hace falta una nueva ley del Congreso Nacional que actualice el mismo”, sostuvo.
Y adjudicó a eso “la gran diferencia que hay entre el tope de 90 mil pesos y los 21 millones de pesos que nosotros estamos pidiendo como decomiso, que eso sí, ya sí tiene que ver con la ganancia y no con lo que estableció el legislador como sanción”.
Balmaceda como jefe y organizador
Rachid y Spagnuolo habían solicitado una pena de ocho años de prisión para el ex piloto del TC. Sin embargo, el Tribunal lo condenó a seis años de cárcel.
“Lo más importante en primer lugar es la declaración de responsabilidad penal que implica una advertencia a potenciales clientes que se abstengan de incurrir en similares conductas porque les puede pasar lo mismo y reafirmar que las normas están vigentes. Darle tranquilidad a la sociedad y a las personas que cumplen con las obligaciones que las normas están vigentes y ya vemos organismos que estamos encargados de hacerla cumplir”, consideró.
En relación a la pena, dijo que “necesariamente para analizar el monto que estableció el Tribunal, debemos conocer los fundamentos de la sentencia”.
“La escala penal de este delito va hasta 15 años de prisión. Nosotros pedimos un poco más de la mitad pensando que era lo justo en el caso de esta particular persona. Habrá que ver los fundamentos y es una condena necesariamente de cumplimiento efectivo”, agregó.
Por otro lado, mencionó que en el inicio del debate habían requerido que Balmaceda volviera a estar detenido, aunque fuera de manera domiciliaria. Sobre esto, los jueces entendieron que “con el tiempo que había pasado en prisión preventiva, no era necesario ni justificado que así lo siguiera”.
Una investigación que continúa
Rachid también se refirió a las restantes 10 personas que no llegaron al juicio porque les dictaron falta de mérito.
“Está abierta la investigación y la estamos continuando. Gran parte de lo que se diga en este juicio, sobre todo la sentencia, va a ser necesariamente una guía para reactivar los 10 casos que quedaron en etapa de instrucción, así que eso está abierto y en plena investigación”, manifestó.
Indicó que ahora la Fiscalía tiene la responsabilidad de “conseguir nueva prueba que permita revertir ese estado de duda que está detrás de la falta de mérito y lograr demostrar que en esos casos también hay suficientes elementos para llevarlos a juicio”.